programa kit digital

¡Subvenciona tu proyecto tecnológico y de marketing!

Ayudas para PYMES y Autónomos

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¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es un programa público de ayudas económicas financiado por el Gobierno, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dirigida a pymes, autónomos y microempresas, de cualquier sector o modelo de negocio. Tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales con ayudas económicas, a través de un Bono Digital. Te ayudamos a realizar todos los trámites para conseguirla.

Tramitamos y gestionamos tu Bono Kit Digital

¿Qué soluciones de digitalización ofertamos?

Ayudamos a las empresas en su proceso de digitalización creando páginas web, E-commerce/tiendas online, programas de gestión empresarial y servicios de marketing digital. Solbyte, empresa de Grupo Solbyte al que La Biznaga Digital pertenecemos, es proveedor homologado por el Gobierno para esta ayuda. Te ayudamos a tramitar el Programa Kit Digital desde la solicitud de la ayuda a la implantación de las soluciones que desees adoptar para tu empresa.

web

Página web y presencia en Internet

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Gestión de clientes

ecommerce

Comercio electrónico

social

Gestión de redes sociales

Importe de las ayudas

El importe máximo del Bono Digital dependerá del tamaño de tu empresa:

Segmentos de beneficiariosImporte bono digital
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados12.000 €
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados6.000 €
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo2.000 €

Requisitos

Los requisitos para solicitar el programa de Kit Digital son los siguientes:

  • Ser una empresa pequeña, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites efectivos y financieros que definen las categorías de empresas.
  • Tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria y estar en situación de alta.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al tanto de las deudas tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No cometer ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No sobrepasar el límite de ayudas mínimos (de pequeña cuantía).

La ayuda del programa Kit Digital se solicita a través de la plataforma Acelera Pyme.

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Esta información está asociada a la convocatoria de ayudas del Programa Kit Digital.

El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Está financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

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